Resumen
La Carta de ICOMOS (1996) establece normas internacionales para la protección y gestión del patrimonio cultural subacuático en diversos entornos marinos. Define este patrimonio como un recurso finito, no renovable y de carácter internacional, que incluye sitios sumergidos y restos de naufragios. El documento enfatiza la preservación in situ como opción prioritaria y prohíbe estrictamente la explotación comercial o venta de estos bienes.
El texto detalla directrices para la planificación de proyectos, exigiendo una financiación adecuada que no dependa de la venta de hallazgos y una metodología que priorice técnicas no destructivas. Asimismo, subraya la importancia de la cualificación profesional, la documentación rigurosa y la conservación material a largo plazo de los objetos removidos.
Finalmente, la Carta promueve el acceso público responsable y la sensibilización social, vinculando el patrimonio con la identidad y el turismo. Insta a la cooperación internacional y a la colaboración con comunidades locales y museos para asegurar que la investigación científica contribuya al conocimiento de la diversidad cultural humana.
